
En el transporte de mercancías peligrosas por carretera, no basta con que la cisterna esté en buen estado técnico: la documentación obligatoria es lo que permite operar de forma legal y segura.
Estos son los tres documentos clave que no pueden faltar.
1. Certificado de aprobación ADR
El certificado de aprobación ADR acredita que el vehículo cisterna cumple con las disposiciones técnicas y de seguridad.
📌 Aplicación: obligatorio para las siguientes categorías de vehículos, según ADR 9.1.3:
- FL → vehículos cisterna para el transporte de líquidos inflamables y gases inflamables.
- EX II o EX III → vehículos para el transporte de materias y objetos explosivos.
- AT → vehículos cisterna distintos de un EX/II, EX/III, FL o MEMU.
- MEMU → vehículos de fabricación y carga de explosivos.
📌 Validez: se renueva cada año a través de una Entidad de Control Autorizada (OCA), con informe favorable, la Jefatura Provincial de Transportes expide el certificado.
📌 A bordo:
El ADR lo exige expresamente:
ADR 8.1.2.2 a) → «El certificado de aprobación indicado en el 9.1.3 para cada unidad de transporte o elemento de las mismas.»
2. Dossier de la cisterna
El dossier es el expediente técnico con planos, cálculos, homologaciones, inspecciones y reparaciones de la cisterna.
📌 Obligación: según ADR 4.3.2.1.7, el propietario o explotador debe conservarlo y mantenerlo a disposición de la autoridad competente o la OCA.
📌 Conservación: debe guardarse durante toda la vida útil de la cisterna y 15 meses tras la baja definitiva de la cisterna.
📌 Importante: el dossier no viaja en la cisterna. Se conserva en la empresa o con el propietario, y debe entregarse al nuevo titular en caso de venta, de forma inmediata.
3. Certificado de limpieza
El certificado de limpieza acredita que la cisterna está vacía, limpia y desgasificada antes de cargar una nueva materia. El certificado de limpieza aplica para estos tres casos:
- Inspección
- Reparación o mantenimiento.
- Cuando la ultima carga es incompatible con la que se va a cargar.
📌 Base técnica – RD 97/2014 de 14 de febrero, articulo 42:
1.»El transportista informara al cargador de cisternas de cual ha sido la ultima mercancía cargada en los depósitos que vaya a cargar. Previamente a la carga el cargador de la cisterna exigirá el certificado de lavado interior , en su caso, de desgasificación y despresurización de la misma en el que conste que esta vacía y limpia»
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📌 Aplicación:
- Obligatorio cuando se cambia a una carga incompatible con la anterior.
- En la práctica, las OCAs y talleres autorizados también lo piden antes de inspecciones, pruebas o reparaciones, está en los protocolos de seguridad industrial.

Conclusión
Los tres documentos clave en cualquier cisterna son:
- El certificado de aprobación ADR (obligatorio para FL, EX II, EX III, AT y MEMU).
- El dossier de la cisterna, custodiado por el propietario y disponible para inspección.
- El certificado de limpieza, exigido cuando se va a cargar materias incompatibles, con la última carga, (art. 42 RD 97/2014) y requerido en la práctica también para inspecciones o reparaciones.
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