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    ¿Dónde termina realmente tu residuo? La pregunta que todo productor debería hacerse

    25 de abril de 2025
    Gestión de residuos, Normativa ambiental

    Cuando un residuo sale de tus instalaciones, ¿realmente sabes qué ocurre después?
    La mayoría de las empresas no se lo pregunta, y ahí es donde empieza el riesgo.

    Muchos productores de residuos piensan que su responsabilidad termina en el momento de la recogida, pero la normativa es clara: sigues siendo responsable hasta que el residuo llegue a un gestor autorizado y quede todo documentado.

    Por qué es importante saber dónde termina tu residuo

    • Si tu gestor no está autorizado, tú puedes ser sancionado.
    • Si no te entregan la documentación obligatoria, estás incumpliendo.
    • Si el residuo no se trata correctamente, el impacto puede ser ambiental… y legal.

    ¿Qué documentos debes exigir después de cada recogida?

    1. Contrato de tratamiento con gestor autorizado (si lo tienes antes mejor).
    2. Documento de Identificación (DI) que acompaña cada traslado.
    3. Certificado de valorización ( eso ya es para matrícula).

    ¿Qué riesgos corres si no haces estas preguntas?

    • Sanciones económicas por incumplimiento de la Ley de Residuos.
    • Problemas en auditorías ambientales.
    • Pérdida de reputación como empresa comprometida con el medio ambiente.

    ¿Cómo asegurarte de que todo está bien?

    • Trabaja solo con gestores autorizados y verifica sus permisos.
    • Solicita y archiva toda la documentación tras cada servicio.
    • Realiza revisiones internas trimestrales de tu sistema de gestión de residuos.

    Conclusión: La responsabilidad no termina en la recogida

    Como productor, es tu deber conocer y controlar dónde termina tu residuo. No basta con confiar en que todo se hará bien. Exige la documentación, trabaja con profesionales acreditados y protege tu empresa de sanciones.

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    Cumple con la Ley 7/2022: Pack Completo de Obligaciones Legales para Productores de Residuos

    24 de abril de 2025
    Normativa ambiental

    ¿Eres productor de residuos peligrosos o gestionas grandes cantidades de residuos no peligrosos? Entonces estás obligado por ley a cumplir una serie de requisitos documentales que, si no los tienes al día, pueden suponerte sanciones de hasta 600.000 €.

    ¿Qué incluye este Pack de Obligaciones Legales?

    Este pack ha sido diseñado para ayudarte a cumplir todas tus obligaciones legales como productor de residuos, tanto a nivel estatal como en comunidades autónomas como Andalucía, donde se exige documentación específica adicional.

    🔍 Incluye plantillas profesionales y recursos prácticos para que puedas cumplir de forma fácil y sin complicaciones.

    ✅ ¿Qué te da este pack?

    1. Matriz de Obligaciones Legales
      • Checklist para revisar si estás al día con la normativa.
      • Basada en la Ley 7/2022 y el RD 553/2020.
    2. Plan de Minimización de Residuos (Excel)
      • Obligatorio cada 4 años para grandes productores de residuos peligrosos (>10 tn/año).
      • En Andalucía, también para no peligrosos (>1000 tn/año) + informe anual.
    3. Archivo Cronológico de Residuos (Excel)
      • Registra todos tus traslados.
      • Clave para auditorías y seguimiento ambiental.
    4. Ficha Técnica del Residuo (Word)
      • Justifica si un residuo es peligroso o no.
      • Herramienta clave para cumplir con tu responsabilidad.
    5. Instrucciones Internas de Manipulación (Word)
      • Obligatorias para empresas que gestionan residuos peligrosos.
      • Protege a tus empleados y evita sanciones de PRL.

    🛠️ Documentos que el gestor debe entregarte:

    • Contrato de tratamiento.
    • Documento de Identificación (DI).
    • Notificaciones Previas (si aplica).
    • Certificado de Valorización o Tratamiento.

    🔧 Todo lo demás es tu responsabilidad directa como productor.
    Este pack cubre los documentos clave que tú debes generar, controlar y tener al día.

    💡 ¿Por qué necesitas este pack?

    • Para evitar sanciones por incumplimiento.
    • Para tener todo preparado ante inspecciones.
    • Para demostrar tu compromiso ambiental.

    🎁 Descubre la Matriz de Obligaciones:

    Herramienta práctica para revisar si cumples con todos los requisitos legales exigidos por la Ley 7/2022 y el RD 553/2020. Esta matriz te permite identificar de forma rápida qué documentación debes tener al día, qué te debe entregar tu gestor y qué responsabilidades son exclusivamente tuyas como productor.

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    Planes de Minimización de Residuos Peligrosos: Obligación Legal y Clave para la Sostenibilidad Empresarial

    23 de abril de 2025
    Normativa ambiental

    ¿Eres productor de residuos peligrosos o no peligrosos? Esto es lo que necesitas saber.

    Si tu empresa genera residuos peligrosos o grandes cantidades de residuos no peligrosos, tienes obligaciones específicas según la normativa estatal y autonómica. La correcta gestión de estos residuos no solo es un deber legal, sino una oportunidad para mejorar tu desempeño ambiental y reducir costes.

    Planes de Minimización de Residuos Peligrosos (P01)

    La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece que todos los productores de residuos peligrosos (P01) deben elaborar y mantener actualizado un Plan de Minimización de Residuos Peligrosos.

    ¿Cuándo debes elaborarlo?

    • Al inicio de la actividad.
    • Cada 4 años, de forma periódica, revisando y actualizando las medidas implementadas.
    • En Andalucía, también estás obligado a presentar un informe anual de seguimiento sobre los resultados obtenidos con tu plan.

    ¿Dónde se presenta?

    • Ante la comunidad autónoma donde realizas tu actividad.

    ¿Qué debe incluir un Plan de Minimización?

    1. Medidas concretas para reducir:
      • La cantidad de residuos peligrosos generados.
      • Y/o su peligrosidad (por ejemplo, sustitución de productos tóxicos).
    2. Resultados obtenidos con planes anteriores.
    3. Cambios tecnológicos o de procesos que justifiquen la mejora.

    Planes de Minimización de Residuos No Peligrosos (P03) en Andalucía

    A nivel estatal, los grandes productores de residuos no peligrosos (P03) no están obligados a presentar planes de minimización.

    🚨 Pero en Andalucía sí tienen esta obligación, si generan más de 1.000 toneladas al año.

    Según el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, de la Junta de Andalucía:

    • Los grandes productores de residuos no peligrosos deben:
      • Elaborar y presentar un Plan de Minimización por cada centro de producción.
      • Presentarlo al año de iniciar la actividad y cada 4 años posteriormente.
      • Remitir un informe anual de seguimiento sobre el cumplimiento del plan.

    ¿Por qué es importante cumplir con estas obligaciones?

    • 🚨 Evita sanciones: El incumplimiento puede suponer multas graves.
    • 🌿 Mejora tu imagen ambiental ante clientes y administraciones.
    • 💶 Ahorra costes en gestión de residuos y compra de materias primas.
    • 🏆 Ventaja competitiva en licitaciones públicas y frente a empresas más sostenibles.

    ¿No sabes por dónde empezar? ¡Descarga tu plantilla gratuita!

    He preparado una plantilla en Excel para ayudarte a elaborar tu Plan de Minimización de Residuos, tanto si eres productor de residuos peligrosos como si eres gran productor de residuos no peligrosos en Andalucía.

    👉 Descarga la plantilla gratuita aquí rellenando este formulario: [Enlace al formulario]

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    Fuentes Legales Consultadas:

    • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular:
      • Artículo 18.4: Obligación de planes de minimización para productores de residuos peligrosos (P01).
    • Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía:
      • Artículo 19.1: Obligación de planes de minimización para grandes productores de residuos no peligrosos (>1.000 toneladas anuales).
      • Artículo 21: Plazos y periodicidad de los planes.
      • Artículo 20.2: Informe anual de seguimiento.
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    Documentación Obligatoria para el Traslado de Residuos Peligrosos

    22 de abril de 2025
    Gestión de residuos, Normativa ambiental

    Todo lo que Necesitas Saber para Cumplir la Ley sin Complicaciones

    Cuando se transportan residuos peligrosos y no peligrosos, no todo vale. La normativa es clara: el traslado debe estar documentado. Pero… ¿cuál es la documentación obligatoria? ¿Sirve un albarán firmado? ¿Y la carta de porte? Aquí te aclaramos qué debes llevar para evitar sanciones.

    Documento Clave: El Documento de Identificación (DI)

    La ley exige que cada traslado de residuos vaya acompañado por un Documento de Identificación (DI). Este documento es obligatorio y contiene información esencial:

    • Tipo y código LER del residuo.
    • Cantidad transportada.
    • Productor del residuo.
    • Transportista autorizado.
    • Gestor de destino autorizado.
    • Fecha de traslado.
    • Firma de todas las partes.

    Puede ser en papel o en formato electrónico, pero debe estar disponible durante el transporte. El DI debe estar firmado por el productor, transportista y gestor.

    ¿Es Necesaria la Carta de Porte?

    Sí, la carta de porte es obligatoria según el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), especialmente si el traslado se realiza por vía terrestre en vehículos pesados.

    • Debe recoger información del remitente, destinatario, naturaleza y cantidad del residuo, y datos del transportista.
    • No sustituye al Documento de Identificación (DI), sino que lo complementa.
    • Es exigida por las autoridades de transporte, además de las ambientales.

    Conclusión: Para el traslado legal de residuos peligrosos necesitas ambos documentos: el DI por exigencia ambiental y la carta de porte por normativa de transporte.

    El Albarán: ¿Sirve de Algo?

    El albarán firmado puede usarse como justificante de entrega o recogida. No es obligatorio, pero puede ayudarte en inspecciones si refleja bien los datos del traslado. No reemplaza al DI ni a la carta de porte en el caso de residuos peligrosos, en el transporte de residuos no peligrosos se considera suficiente.

    Consecuencias de no llevar la documentación correcta

    • Multas de hasta 600.000 € por infracciones graves.
    • Pérdida de trazabilidad del residuo.
    • Responsabilidad legal tanto del productor como del gestor.

    🛈 Nota informativa

    La información presentada en esta entrada tiene un carácter estrictamente divulgativo y se basa en la interpretación técnica del RD 553/2020. Cada caso de traslado puede variar según el tipo de residuo, el origen, el destino y la situación específica del productor u operador.

    Si tienes dudas sobre si tu traslado está sujeto o no al RD 553/2020, o si necesitas garantizar que cumples correctamente con la normativa, es recomendable contar con asesoramiento profesional. Una interpretación incorrecta puede suponer sanciones o problemas operativos.

    Estoy disponible para ayudarte a revisar tu caso y asegurarte de que manejas cada traslado de forma correcta y segura.

    📱 WhatsApp 658 892 085

    📧 info@rafaelchinchillajimenez.com

     🌍 Consultoría de Seguridad y Medio Ambiente

    🔗Fuentes consultadas:

    1. Ley 7/2022 , de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
    2. Real Decreto 553/2020, sobre traslados de residuos.
    3. Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT)
    4. Guía para el traslado de residuos (MITECO).
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    Módulo 1: Introducción al Residuo Cero y marco normativo.

    19 de abril de 2025
    Curso residuo cero
    Residuo cero

    Descubre qué es el Residuo Cero y por qué va mucho más allá del reciclaje tradicional.

    🎯 Objetivos del módulo

    – Entender qué es el Residuo Cero y por qué va más allá del reciclaje.
    – Conocer su contexto legal, ambiental y estratégico.
    – Comprender los beneficios de implantar este sistema en la empresa.
    – Identificar casos reales de empresas certificadas.

    📘 Contenido teórico

    1.1 ¿Qué es Residuo Cero?

    Residuo Cero es una estrategia que busca rediseñar procesos para que todos los materiales se mantengan en uso y se evite la eliminación en vertedero. Su objetivo es cerrar el ciclo de los materiales, imitando a la naturaleza, donde “el residuo de uno es el recurso de otro”. Se certifica cuando al menos el 90% de los residuos generados se valorizan (reutilización, reciclaje o valorización energética).

    1.2 Reciclaje ≠ Residuo Cero

    Reciclar es tratar residuos. Residuo Cero es evitarlos.
    Ejemplo: Un envase reciclado sigue siendo un residuo tratado. Un sistema de dispensación a granel evita el residuo directamente.

    1.3 Beneficios

    Ambientales: reducción de CO₂, menor presión sobre recursos naturales
    Económicos: ahorro en tasas, reutilización de subproductos
    Reputacionales: mejor imagen corporativa, cumplimiento ESG y ODS
    Legales: anticipación a normativas, reducción de sanciones

    1.4 Marco normativo

    Ámbito europeo:

    • Directiva 2008/98/CE, sobre los residuos y su jerarquía de gestión.
    • Directiva (UE) 2018/851, que modifica la anterior y refuerza la prevención y preparación para la reutilización.
    • Pacto Verde Europeo y Plan de acción para la economía circular (2020).

    🟨 Ámbito estatal (España):

    • Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
    • Real Decreto 553/2020, sobre traslado de residuos.
    • Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases.
    • Real Decreto 646/2020, por el que se regula la eliminación de residuos en vertedero.

    🟦 Plataformas de gestión documental:

    • eSIR (plataforma estatal de residuos industriales).
    • SIRA (Andalucía), SDR (Cataluña), GAIA (Galicia), etc.

    1.5 Casos de éxito

    Heineken: 100% valorización de residuos
    Pascual: reutilización de subproductos como alimento
    Nestlé España: cero residuos a vertedero

    🧪 Actividad práctica

    Piensa en tu empresa o una conocida:
    – ¿Qué residuos genera?
    – ¿Cuáles podrían evitarse desde el origen?
    – ¿Cuáles podrían valorizarse como subproductos?
    ✅ Usa la matriz de diagnóstico inicial para mapearlo.

    Quieres ver el Índice ➡️ [ aquí].

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    Curso online gratuito: Certificación Residuo Cero, de la teoría a la implantación real.

    19 de abril de 2025
    Curso residuo cero, Sostenibilidad y huella de carbono
    Portada e-book residuo cero

    ¿Quieres implantar la certificación Residuo Cero en tu empresa, pero no sabes por dónde empezar?.

    He preparado un curso completo en 9 módulos donde te guío paso a paso para entender, planificar e implantar un sistema Residuo Cero basado en normativa oficial y casos reales. Todo el contenido está publicado en abierto, totalmente gratuito, en este blog.

    ¿Qué vas a encontrar en este curso?

    Cada módulo incluye teoría clara, ejemplos prácticos y recursos descargables (infografías, checklists, plantillas, Excel, etc.). Además, puedes seguirlos uno a uno, semana a semana, en el orden que prefieras.

    Estructura del curso:

    • 1. Introducción al Residuo Cero y marco normativo
    • 2. Requisitos para la certificación (AENOR, TÜV…)
    • 3. Trazabilidad y control documental
    • 4. Diagnóstico inicial de tu situación actual
    • 5. Plan de acción paso a paso hacia el 90 % de valorización
    • 6. Formación y cultura interna: implicar al personal
    • 7. Auditoría y proceso de certificación
    • 8. Comunicación externa del logro y uso del sello
    • 9. Mantenimiento y mejora continua del sistema

    ¿Para quién es este curso?

    • Técnicos de medioambiente
    • Responsables de sostenibilidad
    • Empresas que quieren avanzar en economía circular
    • Consultores o auditores que desean especializarse

    ¿Cómo seguirlo?

    Puedes leer los módulos directamente desde el blog o descargarlos en formato Word para trabajarlos con tu equipo.

    📥 Todos los enlaces estarán disponibles en cada entrada del blog y actualizados semanalmente.

    Empieza hoy:

    👉 Ir al Módulo 1: Introducción al Residuo Cero [Ver Módulo 1].

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    Cómo etiquetar correctamente los residuos en tu empresa.

    15 de abril de 2025
    Gestión de residuos, Normativa ambiental
    contenedor de basura haciendo analogia con el desastre con respecto al almacenamiento y etiquetado de residuos

    El etiquetado de residuos no es un formalismo: es la prueba visible de que tu empresa controla lo que genera.
    Un envase mal marcado puede costarte multas desde 901 € hasta 45.000 €

    Y ojo: no es lo mismo etiquetar en el almacén que en el transporte ADR. Aquí vamos a centrarnos en el almacenamiento y gestión como residuo.

    Ver Vídeo

    ¿Qué debe incluir una etiqueta de residuos?

    Según el Reglamento CLP (Reglamento (CE) nº 1272/2008) y la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, la etiqueta debe contener:

    – Código LER (Lista Europea de Residuos)
    – Descripción del residuo
    – Nombre del productor o empresa
    – Dirección postal del centro y electrónica.
    – Fecha de envasado
    – Frases de peligro (H) si procede
    – Pictogramas de peligro (según CLP)
    – Teléfono de contacto (obligatorio en transporte; recomendable en almacenamiento)

    👉 A partir de aquí, el etiquetado depende de si el residuo es peligroso o no peligroso.

    Pasos para etiquetar correctamente tus residuos

    Paso 1: Determinar si el residuo es peligroso o no

    Consulta el código LER:
    – Si lleva un asterisco * es un residuo peligroso.
    – Si no lleva asterisco es no peligroso.

    Paso 2: Residuos No Peligrosos

    Etiquetado recomendado:
    – Nombre del residuo
    – Código LER
    – Datos del productor
    – Fecha de envasado

    NO necesitan pictogramas ni frases H obligatorias según normativa, pero es buena práctica identificar claramente el residuo.

    Paso 3: Residuos Peligrosos

    Obligatorio incluir en la etiqueta:
    – Pictogramas CLP según características de peligrosidad HP
    – Frases H correspondientes
    – Nombre del residuo
    – Código LER
    – Datos del productor
    – Fecha de envasado

    etiquetado para transporte de mercancias peligrosas

    👉 Cómo obtener la información de frases H y pictogramas:

    • Lo más directo es consultar la FDS (Ficha de Datos de Seguridad) del producto que origina el residuo.
    • Pero en residuos esto no siempre es suficiente: muchas veces la composición real varía.
    • En esos casos, lo correcto es hacer una caracterización analítica para determinar con precisión las propiedades del residuo y poder etiquetarlo correctamente.

    Colocación de la etiqueta

    Debe ir en lugar visible sobre el envase, sin daños y con pictogramas claramente visibles, la etiqueta debe ser, legible, visible, duradera e indeleble.

    Recomendaciones:
    – Fondo blanco o amarillo
    – Pictogramas con borde rojo
    – Letra legible
    – Retirar etiquetas anteriores para evitar confusión

    🔹 ¿No sabes qué peligrosidad tiene tu residuo o qué pictograma le corresponde?

    He preparado un documento de consulta rápida con la tabla de equivalencias entre características de peligrosidad (HP) y los pictogramas CLP/GHS que deben figurar en la etiqueta.

    Descarga

    🎯 Conclusión

    • En almacén → etiqueta con LER, HP y pictogramas CLP.
    • En carretera → se convierte en mercancía peligrosa y se etiqueta como ADR (solo peligros + marcas).
    • Consulta siempre la FDS, y si no es concluyente, recurre a caracterización de residuos.

    📥 ¿Necesitas etiquetar tus residuos y no sabes cómo?

    Si no tienes clara la peligrosidad de tu residuo, no sabes qué HP aplicar ni qué pictogramas CLP incluir, la única forma rigurosa es hacer una caracterización.

    Contacta

    👉Etiquetas ADR en bultos: obligación, requisitos, sanciones y cómo conseguirlas listas para usar

    👉¿Generas residuos peligrosos? Entonces tienes que darte de alta como pequeño productor

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    Plazos máximos de almacenamiento de residuos.

    15 de abril de 2025
    Gestión de residuos, Normativa ambiental
    Atención fíjate en esto es importante
    Cuanto tiempo puedo almacenar los residuos

    Lo que dice la ley.

    El almacenamiento de residuos en las instalaciones del productor está sujeto a plazos máximos establecidos por ley. Superar esos tiempos puede suponer una infracción, incluso aunque el residuo esté correctamente etiquetado y almacenado.

    En este artículo te explicamos cuánto tiempo puedes mantener los residuos peligrosos y no peligrosos en tu centro, según su tipo y destino.

    Residuos peligrosos

    Según el artículo 18.1 de la Ley 7/2022, los residuos peligrosos:
    – Deben almacenarse por un periodo máximo de 6 meses.
    – Se permite ampliar el plazo hasta 12 meses si el productor justifica que por la naturaleza de su actividad no se genera mayor cantidad y lo comunica a la autoridad competente.

    Esto aplica, por ejemplo, a talleres, centros sanitarios o pequeñas industrias que generan muy poca cantidad anual de residuos peligrosos.

    Residuos no peligrosos

    El plazo máximo de almacenamiento depende del destino final del residuo:

    – Si el residuo se va a valorizar (recuperar, reutilizar o reciclar):
      – Plazo máximo: 2 años

    – Si el residuo se va a eliminar (verter o incinerar sin recuperación):
      – Plazo máximo: 1 año

    Estos plazos también están recogidos en el artículo 18.1 de la Ley 7/2022. En ambos casos, las comunidades autónomas pueden establecer plazos más restrictivos.

    Recomendación legal

    Es importante documentar las fechas de generación, almacenamiento y retirada de residuos en el archivo cronológico y en el etiquetado del envase o contenedor. Esto facilitará la trazabilidad y el cumplimiento en caso de inspección.

    ¡Evita sanciones innecesarias!

    ¿Conoces los plazos que se aplican a tu empresa? ¿Sabes si los estás cumpliendo correctamente?

    Si tienes dudas o quieres evitar riesgos legales, ponte en contacto con nosotros y te ayudamos a gestionarlo de forma sencilla y segura.

    Contacta.

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    Declaración anual de residuos peligrosos.

    15 de abril de 2025
    Gestión de residuos, Normativa ambiental
    Declaración anual de residuos

    Declaración anual de residuos peligrosos: quién debe presentarla y cómo hacerlo

    Una obligación que muchas empresas pasan por alto

    La declaración anual de residuos es una de las obligaciones más desconocidas por los productores de residuos peligrosos. Sin embargo, no cumplir con ella puede suponer sanciones, pérdida de trazabilidad documental y problemas en inspecciones o auditorías ambientales.

    En este artículo aclaramos en qué casos es obligatoria, cuándo debe presentarse, dónde se tramita y qué comunidades autónomas la exigen actualmente.

    ¿Qué es la declaración anual de residuos?

    Es un documento que recoge de forma resumida la gestión de los residuos peligrosos generados, transportados y tratados durante el año anterior por parte del productor. Incluye datos como:
    – Tipos de residuos (códigos LER)
    – Cantidades generadas y entregadas
    – Gestores autorizados utilizados
    – Destino final (valorización o eliminación)

    Su objetivo es asegurar la trazabilidad y el control de los residuos peligrosos dentro del territorio nacional.

    ¿Cuándo se presenta?

    Generalmente, el plazo de presentación es entre el 1 de enero y el 1 de marzo del año siguiente al que se declara, aunque algunas comunidades amplían el plazo hasta el 31 de marzo.

    ¿Dónde se presenta?

    Depende de la comunidad autónoma. Hay tres escenarios:

    1. Comunidad con plataforma autonómica propia: la declaración se presenta en su sistema (ej. SIRA en Andalucía, GAIA en Galicia).
    2. Comunidad que utiliza ESIR (sistema estatal): si los Documentos de Identificación se tramitan correctamente por ESIR, no es necesario presentar la declaración anual adicional.
    3. Comunidad con plataforma propia pero conectada a ESIR: en algunos casos se acepta la integración y no se requiere declaración adicional, pero conviene confirmarlo cada año.

    ¿Dónde sí es obligatoria?

    A fecha de hoy, la declaración anual de residuos peligrosos sí es obligatoria en:
    – Andalucía, a través de SIRA
    – Galicia, mediante GAIA

    En otras comunidades, no es exigible si los datos se introducen correctamente mediante ESIR.

    ¿Y si no la presento?

    La no presentación puede considerarse una infracción administrativa, especialmente si la comunidad autónoma la exige expresamente. Además, dificulta la trazabilidad y puede generar problemas ante auditorías, certificaciones ambientales o inspecciones sorpresa.

    Conclusión

    Si tu empresa genera residuos peligrosos, es esencial confirmar cada año si estás obligado a presentar la declaración anual según tu comunidad y plataforma de gestión.

    Un fallo en este trámite puede parecer menor, pero puede tener consecuencias legales y reputacionales.

    ¡Te ayudamos!

    ¿No sabes si debes presentar la declaración anual este año? ¿No estás seguro de cómo hacerlo?

    Tranquilo nos encargamos de todo para que puedas centrarte en tu trabajo con tranquilidad.

    Contacta si tienes alguna duda.

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    15 de abril de 2025
    Normativa ambiental
    No se puede tirar de todo al alcantarillado.

    Estas obligaciones sobre residuos te interesan.

    El problema

    Muchos negocios de comida se enfocan en lo esencial: el producto, los clientes, la calidad del servicio…

    Pero descuidan lo que pasa por el desagüe y el contenedor. Y eso tiene consecuencias legales, ambientales y económicas.

    Si gestionas residuos y vertidos mal, puedes enfrentarte a sanciones, cierre temporal o incluso responsabilidad penal.

    Obligaciones legales del productor de residuos

    Según la Ley 7/2022 de residuos:

    ✅ Toda empresa que genere residuos es responsable de su correcta gestión, desde su origen hasta su tratamiento.
    ✅ Debe contratar un gestor autorizado, conservar albaranes y documentos de control.
    ✅ Si genera ciertos residuos, debe realizar la declaración anual.
    ✅ En algunos casos, es obligatorio registrarse como productor de residuos.

    Vertidos: el gran olvidado

    En muchas ciudades, las ordenanzas municipales prohíben verter a la red general:

    – Grasas y aceites sin separación previa.
    – Restos de comida triturada o disuelta.
    – Detergentes con carga química elevada.

    Por eso es obligatorio instalar separadores de grasas (trampas) y realizar su mantenimiento.

    Todo debe justificarse con documentación técnica o facturas de gestión.

    Parámetros de vertido controlados

    Muchos ayuntamientos (y operadores de red) controlan:

    – pH del vertido
    – Materia en suspensión
    – Aceites y grasas
    – DQO (Demanda Química de Oxígeno)
    – Sustancias peligrosas (metales, detergentes, hidrocarburos)

    Exceder los límites puede implicar sanciones automáticas o facturas adicionales por ‘canon corrector’.

    Multas frecuentes en estos negocios

    – No tener contrato con un gestor → desde 2.000 €
    – No justificar la gestión del separador → desde 600 €
    – No conservar documentación → multas leves a graves
    – Parámetros de vertido fuera de norma → recargos + posibles cierres

    ¿Cómo puedes evitarlo?

    – Contrata un gestor autorizado y conserva los documentos.
    – Instala y mantén un separador de grasas.
    – Haz análisis de vertido anual si es obligatorio.
    – Capacita a tu equipo para gestionar bien los residuos.
    – Lleva un registro simple pero ordenado.

    📘 Esta entrada te puede interesar:

    🧼 ¿Por qué necesitas un separador de grasas? Normativa, usos y cómo se calcula la talla nominal (NS)

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    Fuentes consultadas:

    – Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados
    – Ordenanzas municipales (ej. Granada, Sevilla, Valencia)
    – Buenas prácticas del sector HORECA y restauración colectiva.

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