🚛 Notificación de Traslado de Residuos: Cuándo, Quién y Cómo hacerlo correctamente según el RD 553/2020

La notificación previa de traslado de residuos (NT) es una obligación legal establecida por el Real Decreto 553/2020. Este proceso garantiza la trazabilidad y el cumplimiento normativo en el movimiento de residuos peligrosos y no peligrosos destinados a valorización o eliminación.

Cumplir con esta obligación es esencial para productores, operadores y gestores de residuos en todo el territorio español.

📅 Cuándo es obligatoria la notificación de traslado de residuos

La notificación previa de traslado es obligatoria cuando se transportan residuos para tratamiento (valorización o eliminación) y se cumple alguno de los siguientes supuestos:

  • ♻️ El residuo es peligroso.
  • 🗑️ El residuo no peligroso está destinado a eliminación.
  • 📦 Residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 200301.

Esto aplica en todas las comunidades autónomas, tanto para traslados intercomunitarios como intracomunitarios.

⚠️ Existen algunas excepciones específicas , que no se abordan en esta entrada.

👤 Quién puede notificar un traslado de residuos según el RD 553/2020

La notificación debe realizarla el operador del traslado de residuos, definido en el artículo 2.a del RD 553/2020. Las figuras que pueden actuar como operador, en el siguiente orden jerárquico, son:

1. 🏢 El productor inicial del residuo

  • Es quien genera el residuo originalmente.
  • Notifica directamente sin necesidad de autorización externa.

2. 💡 El nuevo productor del residuo

  • Quien realiza una operación de tratamiento (mezcla, separación, etc.) que modifica la naturaleza o composición del residuo original.
  • Solo notifica los residuos generados tras el tratamiento.

3. 🚚 Gestor de un almacén de recogida

  • Puede notificar si cuenta con autorización expresa del productor inicial, contrato de tratamiento.
  • Muy habitual en recogidas agrupadas o regulares.

4. 🧱 Negociante autorizado

  • Notifica si tiene autorización por escrito del productor inicial, nuevo productor o gestor de recogida.

5. 🧑‍💼 Agente autorizado

  • Igual que el negociante, requiere autorización documental de una figura anterior.

6. 🥮 Poseedor del residuo

  • Solo puede notificar si todos los anteriores son desconocidos. Casos excepcionales.

📢 Puntos clave sobre la notificación de traslado de residuos

  • El productor inicial es el responsable por defecto de notificar el traslado de residuos que genera.
  • Si delega, debe hacerlo mediante autorización escrita válida.
  • Las plataformas de notificación (E-SIR, SIRA, etc.) no solicitan subir esa autorización, pero debe existir y conservarse.
  • El nuevo productor nunca actúa en nombre del productor original. Notifica únicamente por residuos que él mismo ha generado.

⏳ Plazo legal para realizar el traslado tras la notificación

  • Deben transcurrir 10 días naturales desde la presentación de la NT.
  • Durante ese plazo, la administración puede oponerse al traslado.
  • Si no hay oposición, el traslado queda autorizado por silencio administrativo.
  • El traslado puede realizarse a partir del día 11.

⚠️ En situaciones de emergencia justificadas, el traslado puede realizarse en un mínimo de 2 días.

📆 Notificaciones múltiples de traslado de residuos

La normativa permite notificar varios traslados recurrentes bajo las mismas condiciones:

  • Mismo productor
  • Mismo residuo (misma clasificación)
  • Mismo destino, tratamiento y transportista

Validez: hasta 3 años si no cambian los parámetros.

Si varía alguno (destino, tipo de residuo, etc.), debe presentarse una nueva notificación previa de traslado.

✅ ¿Y ahora qué?

Cumplir con la notificación de traslado de residuos no es opcional: es una obligación legal que garantiza trazabilidad, evita sanciones y demuestra profesionalidad en la gestión de residuos.

Si eres productor, operador o gestor, asegúrate de que quien notifica tiene la condición legal de operador del traslado y cuenta con la documentación adecuada.

Antes de mover un kilo de residuo, verifica si estás obligado a notificar y quién debe hacerlo.

Si tienes dudas sobre si tu traslado está sujeto o no al RD 553/2020, o si necesitas garantizar que cumples correctamente con la normativa, es recomendable contar con asesoramiento profesional. Una interpretación incorrecta puede suponer sanciones o problemas operativos.

Estoy disponible para ayudarte a revisar tu caso y asegurarte de que manejas cada traslado de forma correcta y segura.

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📧 info@rafaelchinchillajimenez.com

 🌍 Consultoría de Seguridad y Medio Ambiente

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